“Por pereza legislativa, en España los terroristas han llegado a reducir más de la mitad de su condena sin hacer nada”

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“El terrorismo yihadista ha cometido un error de bulto: hacerse visible”

“La carrera judicial necesita no depender de decisiones políticas”

Su rostro se ancló en el recuerdo de un país por dirigir el juicio por el atentado terrorista más brutal que se ha perpetrado en suelo europeo, pero para entonces la figura del juez Javier Gómez Bermúdez (Álora, Málaga, 1962) ya había estado presente en la gestión judicial de los peores episodios del fanatismo en España.

Su puño ha redactado sentencias tras procesos que enjuiciaron a la cúpula mejor preparada de ETA, la de Bidart. También él puso letra al fallo que narra cómo se gestó el secuestro y asesinato de Miguel Ángel Blanco. A unos meses de cumplir un año como juez de enlace en Francia, hace balance durante uno de sus días libres. No sin varios de sus móviles sobre la mesa. No sin un Ipad con el que corroborar respuestas sobre modificaciones legales. No sin imprimir seriedad y solemnidad a cada dato y a cada gesto. Por eso la imagen de la entrevista es de archivo. Lo explica el juez: “Foto no, no llevo corbata”.

Desde principios de mayo de 2015 es usted juez de enlace en Francia, lo que significa que es responsable de las relaciones judiciales entre dos países en los que el terrorismo ha sido y es una de las cuestiones más sensibles que hay que abordar. ¿Qué balance hace de casi un año de trabajo?

El balance es positivo. Estoy muy contento del trabajo desarrollado. La colaboración con Francia es estrecha y tenemos tanto recorrido juntos que hay una confianza absoluta entre ambos países a todos los niveles, incluido el judicial. Por desgracia, el terrorismo yihadista está actuando en Francia de forma muy agresiva, por lo que nuestra experiencia y nuestro tiempo de actuación contra el terrorismo puede ser útil.

Uno de las heridas abiertas tras décadas de terrorismo de ETA es la existencia de más de 300 asesinatos de la banda que aún están sin resolver. ¿Ha fracasado la justicia en España?

No, la justicia no tiene nada que ver con el esclarecimiento del asesinato en sí. En primer lugar, lo de los números es relativo, es difícil de saber. El no haber llevado a juicio a determinados asesinos o no saber quiénes son será un fracaso de la investigación, no de la justicia. La justicia actúa cuando se le pone a su disposición al presunto responsable del hecho.

“Hay mecanismos técnicos para evitar las filtraciones y en el juicio del 11M los usamos”

Equipos conjuntos de Guardia Civil y Policía esperan tener acceso a una importante cantidad de información sobre la actividad terrorista de ETA que aún está en posesión de las Fuerzas de Seguridad francesas. ¿Podría ayudar esa información a reducir los márgenes de impunidad en torno a ETA?

No me gusta crear falsas expectativas porque luego se defraudan. No sabemos en realidad lo que va a salir de ahí. Usted me está preguntando por la entrega de los llamados sellos, material incautado a ETA durante años en Francia que ya en Francia no es útil porque no hay proceso y que nuestro Estado, legítimamente, ha pedido a los franceses que si es posible nos lo entreguen para poder examinar el material con detenimiento a la luz de nuestra experiencia. Pero hay que tener en cuenta que este material ya ha sido visto por las policías españolas. Ocurre que ha podido ser visto sólo en caliente. Pretendemos tenerlo aquí para garantizar que no se nos ha escapado nada. También porque es parte de nuestra memoria histórica. Eso debe ir a un archivo histórico.

¿No es por tanto información nueva?

No, no lo es. Lo que sí puede ocurrir es que haya partes de esa información que en su momento no fueron revisadas en toda su profundidad por España. Por muchos motivos: por que hubiera un proceso en Francia y no se mandara la documentación en sí, porque hay épocas y épocas y no es lo mismo la colaboración después de los años 86, 87 y sobre todo en la década de los 90 o 2000 que en los años 80, cuando la colaboración era más parca…

Algunos investigadores de la Policía y de la Guardia Civil aseguran que tienen esperanzas puestas en ese material, pero al mismo tiempo temen que la gestiones en torno al terrorismo etarra queden en un segundo plano tras la aparición, como una prioridad nacional para Francia, de la amenaza yihadista.

No. Poner en duda la colaboración francesa es desconocer la realidad. Francia ha colaborado y colabora de manera ejemplar con España. Ahora mucho más. La prueba es que haya habido una reunión hace muy poco en París en la que se ha estado viendo la relación de todo lo que hay incautado a ETA. Francia nos apoya sin ambages.

¿Cuándo se produjo esa reunión?

Hace tres semanas. Se produjo para evaluar qué material hay, cómo se puede entregar… Es un proceso complejo porque hay que garantizar que ese material llegue al ámbito judicial con garantías en cuanto a la cadena de custodia y en cuanto a su validez como prueba, etcétera. Por eso hay un magnífico fiscal, Vicente González Mota, que está directamente implicado en este tema, al igual que lo está la magistrada de enlace francesa, yo mismo y todo un conjunto de policías y guardias civiles.

¿Hay un calendario marcado?

Aunque lo hubiera no se lo iba a decir. Aunque obviamente en estas cosas (en referencia a la reciente reunión) se trata todo.

Mientras ejercía usted funciones referentes al terrorismo juvenil en el Juzgado Central de Menores o referentes al crimen organizado, también lo hacía en torno al tratamiento penitenciario de presos terroristas en el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria. ¿Se insta a reclusos de bandas terroristas a colaborar con las autoridades en el esclarecimiento de asesinatos?

A un recluso no hay que instarle a nada. Él verá si quiere o no colaborar y acceder a beneficios penitenciarios, regulados en las leyes. Lo que sí era importante era cambiar una dinámica, llamémosla como se llama, buenísta, por la que sistemáticamente en España por un problema de pereza legislativa, durante muchísimos años, había un beneficio penitenciario, la redención de penas por trabajo, que hacía que automáticamente toda condena se redujera en un tercio aunque no se hiciera nada. Eso podía llegar hasta una reducción de más de la mitad de la condena en algunos casos. La pereza legislativa hizo que eso se prolongase en el tiempo. Eso había que cambiarlo. Fue un trabajo complicado, intenso. Porque además éramos una isla. El Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria estaba solo frente a la opinión mayoritaria. Al final se convencieron de que no teníamos criterios diferentes, sino que ellos trataban a delincuentes sociales y nosotros trabajábamos con delincuentes pertenecientes a organizaciones criminales de tipo terroristas o no terroristas. El tratamiento penitenciario del terrorista y del miembro de una organización criminal no puede ser igual que el del resto de delincuentes.

Por ahondar en la diferencia entre presos, en la denominada vía Nanclares los reclusos deben cumplir con una serie de requisitos para acogerse a beneficios penitenciarios. No obstante, hay voces que recalcan que la legislación penitenciaria no ha terminado de cuajar lo suficiente como para que las renuncias al terrorismo de presos de la vía Nanclares no se conviertan en meras herramientas para acceder a beneficios penitenciarios o, por ejemplo, para que esos reos colaboren con las autoridades de forma efectiva.

Yo creo que hay de todo. En la llamada vía Nanclares hay de todo, auténticos arrepentidos, terroristas terribles, a los que desgraciadamente para mi conozco muy bien, que creo que están arrepentidos, que son conscientes de que han tirado su vida por la borda llevándose por el camino decenas de otras vidas y que, además, su vida está destruida por ese recuerdo de lo que han hecho. Hay otros que, bueno, son utilitaristas y, bien por miedo, bien por ignorancia o bien por incapacidad mental, que también lo hay, pues son ambiguos. No quieren que su mundo de fuera se ofenda con ellos… No voy a dar nombres pero en la mente de todos hay dos nombres muy conocidos y muy característicos.

¿Uno de ellos es Valentín Lasarte?

No doy nombres.

Ha estado usted presente en tribunales de enjuiciamiento y en procesos que han enjuiciado a la cúpula de ETA detenida en Bidart, a células de ETA presentes en Andalucía, Barcelona o Vizcaya. También en juicios como el de Gregorio Ordóñez, cuyo caso se ha reabierto hace escasos meses a raíz de un informe de la Guardia Civil en torno a quienes, supuestamente, idearon el asesinato. Pese a que ha señalado usted que la autoría intelectual es algo metajurídico, ¿cree que la decisión del juez puede crear una nueva vía para encausar a las sucesivas direcciones de la banda?

Yo no lo sé, eso corresponde al juez. Lo que sí es cierto es que por más que queramos habrá que buscar una orden directa de la cúpula para que eso pueda, en principio, prosperar. Por otro lado, tenga en cuenta que el asesinato de don Gregorio Ordóñez fue un caso peculiar en el sentido de que era un hombre muy vigilado y muy perseguido por ETA para matarlo, pero sin embargo cuando efectivamente lo asesinan es casi casi una casualidad, entre comillas. Habrá que estudiar la documentación y ojalá que haya una orden directa. Si la hay… Aunque por orden directa no hay que entender “que lo maten a tal hora en tal sitio”. Basta con: “Hay que matar al señor Ordóñez” o similar. Si esa orden existe, responderá la cúpula.

Con ETA todo estaba jerarquizado. ¿Cree que la estructura de las organizaciones yihadistas y los rasgos del yihadismo entorpecen las investigaciones incrementando las dificultades probatorias?

Hombre, claro. Por eso ha habido unas importantes reformas tanto del Código Penal, la ley 2/2015, como procesal, para ser más eficaces en este terreno. Es que el terrorismo yihadista, en parte, es un terrorismo desestructurado. No necesariamente desorganizado. Yo no niego que haya organización, lo que digo es que es desestructurado y que por tanto los parámetros clásicos para identificar a una organización aquí fracasan. Por eso se ha reformado el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal en determinados instrumentos de la investigación. Pero hay otra parte del terrorismo yihadista, la más importante hoy en día, que para mi ha cometido un error de bulto: hacerse visible. Me refiero naturalmente al mal llamado Estado Islámico. Al hacerse visible nos permite actuar en un doble plano con total legitimidad democrática. Sobre el territorio de los terroristas, con las leyes de guerra, y cuando cometen atentados o actúan en Estados democráticos hay que combatirlos con el derecho Penal, las garantías procesales y los derechos no de guerra.

Como miembro no permanente del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, España, junto con Rumanía, está impulsando la creación de un tribunal internacional específico para los delitos de terrorismo. ¿Es necesaria esa iniciativa?

Planteado así, no. Me explico. Para los delitos de terrorismo, no. Sí para algunos delitos de terrorismo que tengan unas características muy, muy, muy concretas. La idea es muy buena desde el punto de vista de determinados delitos terroristas que deberían de pasar a ser crímenes contra la humanidad. Desde esa perspectiva, sí. Si decidimos que hay determinados fenómenos terroristas que cometen delitos de lesa humanidad y, por lo tanto, exceden de lo que es la soberanía estatal, pues está bien. Por ejemplo, para cuando hay zonas en las que se confunde o se solapa el terrorismo con actos de guerra. Sería interesante que hubiera un tribunal internacional con competencias en el que se juzgaran los crímenes de guerra pero específicos de zonas donde el terrorismo se solapa, de forma que pudiera decidir, sobre el terreno y a la vista de las pruebas, si es crimen de guerra o crimen de terrorismo internacional. La idea es buena pero hay que perfilar cuál es su ámbito objetivo.

¿Es necesario que se cree por tanto un tribunal teniendo en cuenta que ya existe la Corte Penal Internacional?

Sí. La duda en esta materia, creo, está en si crear un tribunal penal internacional o, mejor dicho, ampliar las competencias del que se creó con el Convenio de Roma o si, por el contrario, crear tribunales ad hoc. Los tribunales ad hoc han dado muy buenos resultados. El de la antigua Yugoslavia, algunos en África… Otros, no. Podrían ser una solución para determinadas zonas de conflicto en Oriente. Los tribunales especializados son muy positivos pero, insisto, muy costosos; y habrá que medir muy bien cuáles son sus competencias.

¿Está nuestra legislación preparada para afrontar este tipo de amenazas?

Siempre me enorgullezco de ser español por muchas razones. Una de ellas es que tenemos la legislación más completa en materia antiterrorista yo creo que del mundo. Y además, probablemente, somos, si no el primero, de los países más respetuosos con los derechos y garantías de criminales tan terribles como los terroristas.

“En la reforma procesal falta algo importante: poder destruir servidores a distancia”

En torno a la aprobación del pacto antiyihadista, sus promotores pretendieron tipificar los delitos de terrorismo, “con independencia de que se realicen o no en el seno de un grupo u organización terrorista”, o la captación y el adiestramiento. Sin embargo, las reformas previas de nuestro ordenamiento habían tipificado ya delitos como el terrorismo individual, la captación, el adoctrinamiento y el adiestramiento. Tras la aprobación del pacto, voces autorizadas apuntaron que el desafío al que nos enfrentamos no requería nuevos tipos penales, sino aplicar correctamente los ya existentes. ¿Qué opina al respecto?

No estoy de acuerdo. Hasta la ley 2/2015 no se da una respuesta suficiente al problema, pudiendo ser esta respuesta técnicamente mejor o peor. El antiguo artículo que regulada el llamado terrorismo individual se creó para luchar contra la mal llamada kale borroka, el terrorismo juvenil. Ocurría que en España se castigaba al que pertenecía a una organización terrorista por el solo hecho de pertenecer a una organización terrorista, delito de peligro, con hasta 14 años si era dirigente. Y a la vez por los delitos que hubiera cometido. Mientras, al terrorista individual sólo se le castigaba por el delito cometido, por algunos delitos, y además con la pena de delito común en su mitad superior. Para que se entienda, un homicidio terrorista cometido por un miembro de organización supone una condena de 20 a 30 años de prisión por el homicidio más una condena de entre 6 y años 14 por pertenencia, dependiendo de que sea dirigente o no. En el caso de un terrorista individual, esa condena no podía superar los 20 años. Salía alzaprimado totalmente el terrorista individual. La legislación no era suficiente.

¿Ve errores en la legislación actual?

La legislación actual tiene algunos errores importantes y alguna cosa que no me gustan. Por ejemplo, la colaboración imprudente. No se puede colaborar imprudentemente. Si lo que se quiere es cubrir el espacio de impunidad del que no adopta las medidas de precaución o de quien, sospechando que puede estar favoreciendo a los terroristas, ejecuta un determinado acto, ahí lo que hay es un dolo eventual no una imprudencia. O se quiere colaborar o no, pero no se colabora por descuido. También la financiación imprudente, tal y como está regulada, también tiene sus pegas, pero en general la reforma es positiva porque además de que regula el adiestramiento pasivo, el terror informativo o el terrorismo individual, al final introduce una clausula de arbitrio judicial que permite graduar la pena a imponer según las peculiaridades de cada caso. No debemos sancionar igual al que ya está adoctrinado que al que está empezando y es todavía recuperable, por ejemplo.

En la nueva ley de Enjuiciamiento Criminal aparecen la intervención de las comunicaciones telefónicas y telemáticas o la utilización de claves y troyanos en un ordenador o teléfono móvil sin que el titular tenga conocimiento de que están siendo examinados. ¿La técnica de organizaciones terroristas de nuevo cuño sigue por delante de las herramientas judiciales?

Hombre, no sabemos lo que van a inventar mañana. Pero en la reforma procesal, primero, se ha hecho una cosa que era inaplazable: tener una previsión legal expresa para poder afectar derechos fundamentales en varios terrenos. Y, segundo y fundamental, es lo suficientemente amplia y clara para poder durar años y responder a las variaciones que sufra el fenómeno terrorista. Dicho esto, echo de menos en la reforma procesal algún instrumento de investigación que no se ha introducido obviamente porque la idea no está madura. Pero que es importante. Se trata de poder destruir servidores a distancia.

¿No plantearía esa herramienta problemas de soberanía?

La respuesta es que habría que hacerlo con unas garantías muy claras. Primero, pedir la colaboración, la cooperación jurídica internacional al Estado en cuestión; y sólo cuando ese Estado es un Estado no colaborador, ponerle la etiqueta de Estado gamberro y proceder a la destrucción a distancia, por ejemplo. Son ideas que no están maduras. Veremos en un futuro.

Tras los atentados terroristas que acabaron con la vida de 129 personas en Paris el pasado noviembre, expuso usted que la disuasión penal no funciona con el terrorismo yihadista por la presencia de suicidas. ¿Qué opinión tiene sobre la negación y revocación de nacionalidades y permisos de residencia a los radicales, así como de repercusiones penales para quienes incumplan medidas de control?

Como usted entenderá, aparte de mi actual cargo, tengo estatus diplomático. No voy a opinar sobre la legislación de Francia o si sobre esa legislación me gusta o no me gusta. Creo que todos los países están haciendo un esfuerzo por acomodar su legislación a sus problemas concretos. De todas formas, esa reforma está siendo muy debatida en Francia. Hay opiniones para todos los gustos. Yo creo que lo que no podemos hacer siempre es estar buscando la pega al bueno. El bueno es el Estado democrático. Eso sí, hay que tener cuidado con no pasarnos de frenada, como se dice popularmente. Pero habrá que pensar que si estamos hablando de una decisión de un Estado democrático, ese Estado democrático tiene instituciones y filtros para que esa decisión sea respetuosa con la libertad y con sus propios principios constitucionales.

¿Podrían funcionar ese tipo de medidas en España?

Creo que no, la situación no es la misma.

Dirigió usted uno de los juicios más mediáticos que se han vivido en España, el del 11M. ¿Qué relación cree que debe haber entre Administración de Justicia y medios de comunicación en casos de terrorismo?

En el mundo actual es imposible sustraerse a los medios de comunicación. Es más, creo que los medios de comunicación tienen que ejercer una función de control sobre los poderes del Estado, incluido el poder judicial. Lo que sí me parece que es absolutamente vergonzante es que los medios de comunicación, que no es culpa de ellos porque hacen su trabajo, tengan continuamente informaciones filtradas, sesgadas, procedentes de sumarios secretos. A eso hay que darle una solución. La solución tendrá que ser una solución valiente. No lo podemos seguir tolerando. E insisto, el problema no es de los medios de comunicación sino del que filtra. Y hay mecanismos técnicos para evitarlo. En el tribunal del 11M tomamos una serie de decisiones que hicieron que no hubiera una sola filtración. Ni una.

¿Cuáles fueron esas medidas?

Si se las digo, ya no sirven. Pero le puedo asegurar que teníamos un control exhaustivo sobre cada folio que salía de nuestras manos. Sabíamos perfectamente quién tenía el folio, cómo lo tenía… Y no se trata de procedimientos bienintencionados como los del proceso de instrucción, donde se marcaron los folios. No era algo tan evidente, era algo mucho más complejo.

“Todo asunto judicial que esté cerca del poder tiene una presión, a veces, increíble”. La frase es suya. En la lucha contra el terrorismo, ¿puede la política enturbiar la búsqueda de la verdad judicial?

Enturbiar, no. La justicia es un poder del Estado tremendamente fuerte. ¿Por qué? Porque es un poder difuso, reside en cada juez. El órgano de gobierno es una cosa y el poder judicial como ejercicio jurisdiccional es otra. Controlar la mente de los jueces es casi imposible. Podrás presionar, pero el sistema se defiende diciendo: “Para los asuntos importantes los jueces serán tres”. En el Supremo pueden ser cinco, pueden ser siete… El sistema se defiende. A uno le puedes presionar y se puede vencer, entre comillas. Dos es más difícil, tres es muy complicado. Y si ya hablamos de un pleno, ni le cuento.

En casos como el de Josu Ternera, se dictó una orden internacional de búsqueda y captura contra él cuando el dirigente de ETA estaba reuniéndose con el Gobierno español. Determinadas voces del estamento judicial dejaron entrever que esas actitudes estaban colocándose entre la Justicia y miembros de organización terrorista. En el caso de negociaciones, aproximaciones entre poder político y organizaciones terroristas… ¿Tiene la Justicia que lidiar con un muro extra al tener la política por medio?

Si algún Estado concede algún tipo de protección a un terrorista, obviamente la Justicia tiene un obstáculo más que vencer. Pero eso ha ocurrido siempre. No solo con terroristas. Ha ocurrido con delincuentes económicos, con políticos corruptos… Tengo en la mente a un político italiano que se autoexilió a Túnez. Es decir, esto ha ocurrido siempre, es un obstáculo más y es ajeno a la propia Justicia.

¿Cree que la legislación actual garantiza la independencia del poder judicial o sin embargo considera que habría que modificarla para blindar esa independencia y curarnos en salud?

Todo es mejorable, pero no hay que hacer normas para garantizar la independencia. Esto no funciona así. La independencia es algo en realidad tan personal de cada uno… Lo que hay que hacer es facilitar que no sea un auténtica heroicidad ser independiente a veces. ¿Eso cómo se consigue? No necesito que nadie me dé cobertura cuando me sienta presionado. Lo que necesito es tener carrera, que la carrera judicial esté organizada de una forma que yo no dependa de decisiones políticas. Lo que necesito es estar bien pagado. Me van a decir que como todos los españoles, pero estoy poniendo ejemplos relativos a la Justicia. Lo que sí necesito es, por ejemplo, un sistema disciplinario que tenga las suficientes garantías como para que no genere miedo.

Continuando con las recién mencionadas heroicidades, dijo usted una vez que España no reconoce a sus héroes.

Lo sigo manteniendo. Somos un país con cierta tendencia a no reconocer el trabajo bien hecho de la gente, para bien o para mal. O la pérdida de la vida de la gente. Esto va cambiando porque somos un país muy sabio. Por ejemplo, la ley de Reconocimiento y Solidaridad con las víctimas del terrorismo ha supuesto un cambio cualitativo. Era increíble que una víctima del terrorismo no tuviera automáticamente unas condecoraciones, un reconocimiento público. Mire, parece una tontería, pues no lo es: no entiendo por qué no existe un monumento donde estén los nombres de todos los asesinados por el terrorismo.

En torno a los reconocimientos públicos que señala que no se ha dado en torno a las victimas del terrorismo, con la salida de Arnaldo Otegi de prisión y sabiendo, cómo no, que está en disposición de sus libertades civiles, ¿se intentan crear falsos héroes en este país?

Vamos a ver. Un señor que ha sido condenado por la Audiencia Nacional, confirmado por el Tribunal Supremo, lo que es es un señor condenado, un delincuente. Que puede haber gente que esté de acuerdo con la condena o que no lo esté, me parece bien, yo no le voy a dar mi opinión. Pero el hecho es indiscutible. Se le condenó con todas las garantías del sistema democrático. Sostener lo contrario es simplemente mentira. Lo que es cierto es que se estaba reconstruyendo Batasuna, que un tribunal imparcial decretó, declaró, que esa reconstrucción era por orden de ETA y, por lo tanto, se le condenó por pertenencia a organización terrorista. ¿Que hay quien pueda decir que estaba reconstruyendo Batasuna pero no por orden de ETA? Bueno, ahí están las pruebas. A mi esto, con todo el respeto que me merece toda persona que haya cumplido condena… Creo que la ha cumplido y ha pagado su culpa con la sociedad, y por lo tanto ya es un ciudadano más, con los límites que le queden de accesorias, inhabilitaciones, etcétera. Pero con todos mis respetos… ¿Mandela?

Ha hecho usted mención a la figura de la inhabilitación. EH Bildu ha designado a Arnaldo Otegi como su candidato a lehendakari y la izquierda abertzale asume que sorteará la inhabilitación. ¿Puede Otegi sortear la inhabilitación?

Le hablo en abstracto. Recuerdo que el artículo 579, de la época del juicio de Otegi, decía que cuando te condenaban por un delito de ese capítulo, de terrorismo, entre los que está la integración, además de la pena de prisión había una inhabilitación que se prolongaba más allá de la pena de prisión. De 6 a 20 años por encima de los años de prisión. Si es el caso, la inhabilitación está vigente.

¿Para cualquier cargo?

Es una inhabilitación absoluta. Está en el Código Penal. Aquí no nos inventamos nada. La Justicia tiene muchos defectos, pero la gran virtud es que, sobre todo en Penal, el principio de legalidad hace que todo esté escrito.