En torno a la aprobación del pacto antiyihadista, sus promotores pretendieron tipificar los delitos de terrorismo, “con independencia de que se realicen o no en el seno de un grupo u organización terrorista”, o la captación y el adiestramiento. Sin embargo, las reformas previas de nuestro ordenamiento habían tipificado ya delitos como el terrorismo individual, la captación, el adoctrinamiento y el adiestramiento. Tras la aprobación del pacto, voces autorizadas apuntaron que el desafío al que nos enfrentamos no requería nuevos tipos penales, sino aplicar correctamente los ya existentes. ¿Qué opina al respecto?
No estoy de acuerdo. Hasta la ley 2/2015 no se da una respuesta suficiente al problema, pudiendo ser esta respuesta técnicamente mejor o peor. El antiguo artículo que regulada el llamado terrorismo individual se creó para luchar contra la mal llamada kale borroka, el terrorismo juvenil. Ocurría que en España se castigaba al que pertenecía a una organización terrorista por el solo hecho de pertenecer a una organización terrorista, delito de peligro, con hasta 14 años si era dirigente. Y a la vez por los delitos que hubiera cometido. Mientras, al terrorista individual sólo se le castigaba por el delito cometido, por algunos delitos, y además con la pena de delito común en su mitad superior. Para que se entienda, un homicidio terrorista cometido por un miembro de organización supone una condena de 20 a 30 años de prisión por el homicidio más una condena de entre 6 y años 14 por pertenencia, dependiendo de que sea dirigente o no. En el caso de un terrorista individual, esa condena no podía superar los 20 años. Salía alzaprimado totalmente el terrorista individual. La legislación no era suficiente.
¿Ve errores en la legislación actual?
La legislación actual tiene algunos errores importantes y alguna cosa que no me gustan. Por ejemplo, la colaboración imprudente. No se puede colaborar imprudentemente. Si lo que se quiere es cubrir el espacio de impunidad del que no adopta las medidas de precaución o de quien, sospechando que puede estar favoreciendo a los terroristas, ejecuta un determinado acto, ahí lo que hay es un dolo eventual no una imprudencia. O se quiere colaborar o no, pero no se colabora por descuido. También la financiación imprudente, tal y como está regulada, también tiene sus pegas, pero en general la reforma es positiva porque además de que regula el adiestramiento pasivo, el terror informativo o el terrorismo individual, al final introduce una clausula de arbitrio judicial que permite graduar la pena a imponer según las peculiaridades de cada caso. No debemos sancionar igual al que ya está adoctrinado que al que está empezando y es todavía recuperable, por ejemplo.
En la nueva ley de Enjuiciamiento Criminal aparecen la intervención de las comunicaciones telefónicas y telemáticas o la utilización de claves y troyanos en un ordenador o teléfono móvil sin que el titular tenga conocimiento de que están siendo examinados. ¿La técnica de organizaciones terroristas de nuevo cuño sigue por delante de las herramientas judiciales?
Hombre, no sabemos lo que van a inventar mañana. Pero en la reforma procesal, primero, se ha hecho una cosa que era inaplazable: tener una previsión legal expresa para poder afectar derechos fundamentales en varios terrenos. Y, segundo y fundamental, es lo suficientemente amplia y clara para poder durar años y responder a las variaciones que sufra el fenómeno terrorista. Dicho esto, echo de menos en la reforma procesal algún instrumento de investigación que no se ha introducido obviamente porque la idea no está madura. Pero que es importante. Se trata de poder destruir servidores a distancia.
¿No plantearía esa herramienta problemas de soberanía?
La respuesta es que habría que hacerlo con unas garantías muy claras. Primero, pedir la colaboración, la cooperación jurídica internacional al Estado en cuestión; y sólo cuando ese Estado es un Estado no colaborador, ponerle la etiqueta de Estado gamberro y proceder a la destrucción a distancia, por ejemplo. Son ideas que no están maduras. Veremos en un futuro.
Tras los atentados terroristas que acabaron con la vida de 129 personas en Paris el pasado noviembre, expuso usted que la disuasión penal no funciona con el terrorismo yihadista por la presencia de suicidas. ¿Qué opinión tiene sobre la negación y revocación de nacionalidades y permisos de residencia a los radicales, así como de repercusiones penales para quienes incumplan medidas de control?
Como usted entenderá, aparte de mi actual cargo, tengo estatus diplomático. No voy a opinar sobre la legislación de Francia o si sobre esa legislación me gusta o no me gusta. Creo que todos los países están haciendo un esfuerzo por acomodar su legislación a sus problemas concretos. De todas formas, esa reforma está siendo muy debatida en Francia. Hay opiniones para todos los gustos. Yo creo que lo que no podemos hacer siempre es estar buscando la pega al bueno. El bueno es el Estado democrático. Eso sí, hay que tener cuidado con no pasarnos de frenada, como se dice popularmente. Pero habrá que pensar que si estamos hablando de una decisión de un Estado democrático, ese Estado democrático tiene instituciones y filtros para que esa decisión sea respetuosa con la libertad y con sus propios principios constitucionales.
¿Podrían funcionar ese tipo de medidas en España?
Creo que no, la situación no es la misma.
Dirigió usted uno de los juicios más mediáticos que se han vivido en España, el del 11M. ¿Qué relación cree que debe haber entre Administración de Justicia y medios de comunicación en casos de terrorismo?
En el mundo actual es imposible sustraerse a los medios de comunicación. Es más, creo que los medios de comunicación tienen que ejercer una función de control sobre los poderes del Estado, incluido el poder judicial. Lo que sí me parece que es absolutamente vergonzante es que los medios de comunicación, que no es culpa de ellos porque hacen su trabajo, tengan continuamente informaciones filtradas, sesgadas, procedentes de sumarios secretos. A eso hay que darle una solución. La solución tendrá que ser una solución valiente. No lo podemos seguir tolerando. E insisto, el problema no es de los medios de comunicación sino del que filtra. Y hay mecanismos técnicos para evitarlo. En el tribunal del 11M tomamos una serie de decisiones que hicieron que no hubiera una sola filtración. Ni una.
¿Cuáles fueron esas medidas?
Si se las digo, ya no sirven. Pero le puedo asegurar que teníamos un control exhaustivo sobre cada folio que salía de nuestras manos. Sabíamos perfectamente quién tenía el folio, cómo lo tenía… Y no se trata de procedimientos bienintencionados como los del proceso de instrucción, donde se marcaron los folios. No era algo tan evidente, era algo mucho más complejo.
“Todo asunto judicial que esté cerca del poder tiene una presión, a veces, increíble”. La frase es suya. En la lucha contra el terrorismo, ¿puede la política enturbiar la búsqueda de la verdad judicial?
Enturbiar, no. La justicia es un poder del Estado tremendamente fuerte. ¿Por qué? Porque es un poder difuso, reside en cada juez. El órgano de gobierno es una cosa y el poder judicial como ejercicio jurisdiccional es otra. Controlar la mente de los jueces es casi imposible. Podrás presionar, pero el sistema se defiende diciendo: “Para los asuntos importantes los jueces serán tres”. En el Supremo pueden ser cinco, pueden ser siete… El sistema se defiende. A uno le puedes presionar y se puede vencer, entre comillas. Dos es más difícil, tres es muy complicado. Y si ya hablamos de un pleno, ni le cuento.
En casos como el de Josu Ternera, se dictó una orden internacional de búsqueda y captura contra él cuando el dirigente de ETA estaba reuniéndose con el Gobierno español. Determinadas voces del estamento judicial dejaron entrever que esas actitudes estaban colocándose entre la Justicia y miembros de organización terrorista. En el caso de negociaciones, aproximaciones entre poder político y organizaciones terroristas… ¿Tiene la Justicia que lidiar con un muro extra al tener la política por medio?
Si algún Estado concede algún tipo de protección a un terrorista, obviamente la Justicia tiene un obstáculo más que vencer. Pero eso ha ocurrido siempre. No solo con terroristas. Ha ocurrido con delincuentes económicos, con políticos corruptos… Tengo en la mente a un político italiano que se autoexilió a Túnez. Es decir, esto ha ocurrido siempre, es un obstáculo más y es ajeno a la propia Justicia.
¿Cree que la legislación actual garantiza la independencia del poder judicial o sin embargo considera que habría que modificarla para blindar esa independencia y curarnos en salud?
Todo es mejorable, pero no hay que hacer normas para garantizar la independencia. Esto no funciona así. La independencia es algo en realidad tan personal de cada uno… Lo que hay que hacer es facilitar que no sea un auténtica heroicidad ser independiente a veces. ¿Eso cómo se consigue? No necesito que nadie me dé cobertura cuando me sienta presionado. Lo que necesito es tener carrera, que la carrera judicial esté organizada de una forma que yo no dependa de decisiones políticas. Lo que necesito es estar bien pagado. Me van a decir que como todos los españoles, pero estoy poniendo ejemplos relativos a la Justicia. Lo que sí necesito es, por ejemplo, un sistema disciplinario que tenga las suficientes garantías como para que no genere miedo.
Continuando con las recién mencionadas heroicidades, dijo usted una vez que España no reconoce a sus héroes.
Lo sigo manteniendo. Somos un país con cierta tendencia a no reconocer el trabajo bien hecho de la gente, para bien o para mal. O la pérdida de la vida de la gente. Esto va cambiando porque somos un país muy sabio. Por ejemplo, la ley de Reconocimiento y Solidaridad con las víctimas del terrorismo ha supuesto un cambio cualitativo. Era increíble que una víctima del terrorismo no tuviera automáticamente unas condecoraciones, un reconocimiento público. Mire, parece una tontería, pues no lo es: no entiendo por qué no existe un monumento donde estén los nombres de todos los asesinados por el terrorismo.
En torno a los reconocimientos públicos que señala que no se ha dado en torno a las victimas del terrorismo, con la salida de Arnaldo Otegi de prisión y sabiendo, cómo no, que está en disposición de sus libertades civiles, ¿se intentan crear falsos héroes en este país?
Vamos a ver. Un señor que ha sido condenado por la Audiencia Nacional, confirmado por el Tribunal Supremo, lo que es es un señor condenado, un delincuente. Que puede haber gente que esté de acuerdo con la condena o que no lo esté, me parece bien, yo no le voy a dar mi opinión. Pero el hecho es indiscutible. Se le condenó con todas las garantías del sistema democrático. Sostener lo contrario es simplemente mentira. Lo que es cierto es que se estaba reconstruyendo Batasuna, que un tribunal imparcial decretó, declaró, que esa reconstrucción era por orden de ETA y, por lo tanto, se le condenó por pertenencia a organización terrorista. ¿Que hay quien pueda decir que estaba reconstruyendo Batasuna pero no por orden de ETA? Bueno, ahí están las pruebas. A mi esto, con todo el respeto que me merece toda persona que haya cumplido condena… Creo que la ha cumplido y ha pagado su culpa con la sociedad, y por lo tanto ya es un ciudadano más, con los límites que le queden de accesorias, inhabilitaciones, etcétera. Pero con todos mis respetos… ¿Mandela?
Ha hecho usted mención a la figura de la inhabilitación. EH Bildu ha designado a Arnaldo Otegi como su candidato a lehendakari y la izquierda abertzale asume que sorteará la inhabilitación. ¿Puede Otegi sortear la inhabilitación?
Le hablo en abstracto. Recuerdo que el artículo 579, de la época del juicio de Otegi, decía que cuando te condenaban por un delito de ese capítulo, de terrorismo, entre los que está la integración, además de la pena de prisión había una inhabilitación que se prolongaba más allá de la pena de prisión. De 6 a 20 años por encima de los años de prisión. Si es el caso, la inhabilitación está vigente.
¿Para cualquier cargo?
Es una inhabilitación absoluta. Está en el Código Penal. Aquí no nos inventamos nada. La Justicia tiene muchos defectos, pero la gran virtud es que, sobre todo en Penal, el principio de legalidad hace que todo esté escrito.